El Juego en la Edad Media

El juego cumple una función social. Esto se sabe desde siempre, y desde que existen leyes escritas así se ha reflejado: unas veces para regularlo, otras, para prohibirlo. Pero siempre ha existido, y siempre existirá. En época medieval existía cierto consenso en considerar el juego como una actividad necesaria sobre la que debía legislarse. Y tenía un peso enorme, mayor del que podamos pensar. Incluso Alfonso X el Sabio dedicó su última obra, El Libro de los juegos de Ajedrez, Dados e Tablas (1283) a estos menesteres.

El Libro de los juegos de Ajedrez, Dados e Tablas de Alfonso X

 

En aquellos tiempos existían salas de juego llamadas tahurerías, nombre que, en efecto, deriva de la voz tahúr. Los monarcas, influenciados en parte por creencias más espirituales que reales, en ocasiones prohibían la actividad, aunque en muchas otras asumían que era mejor sacar un provecho social de lo que era inevitable. Porque, así es, los impuestos recaudados en las tahurerías servían para financiar obras civiles y militares ya entonces. Sigamos hablando de Alfonso X: el monarca concedió diez mil maravedíes anuales procedentes de la tahurería de Murcia para el mantenimiento de las murallas de la ciudad. En los años -o centurias- venideros se sucederán épocas más restrictivas junto a otras más permisivas. Sin embargo, el juego de dados, el primer juego de azar conocido, era el más perseguido en todos los territorios que componían las Coronas de Castilla y Aragón (salvo Valencia, donde parece hubo cierta tolerancia tradicional). Las razones son diversas. En primer lugar, por la facilidad de la práctica. En segundo, porque se confrontaba con el ajedrez, juego considerado mucho más enriquecedor y mejor pasatiempo, con lo que se denostó con rapidez el juego de azar. Y por último, porque estaba muy extendido, y se consideró necesaria la intervención con la siguiente argumentación recurrente: la tenencia de los jugadores a blasfemar durante las malas rachas.

Sin embargo, hubo regidores que trataron de aportar cierta imaginación y sentido común en las leyes que redactaron para ciudades y villas. En Portugalete, por ejemplo, se permitía el juego siempre y cuando sólo se apostase fruta o vino, pero no dinero, similar a lo que se decidió en Murcia en algunos momentos. En Vitoria se optó por limitar la apuesta a un real diario, siempre y cuando se efectuase en casa particulares y no en tabernas. En la Corona de Aragón la situación era parecida, salvo la citada ciudad de Valencia, en donde por sus características particulares se disfrutaba una permisividad sin parangón. El carácter cosmopolita y la bonanza económica, gracias en gran medida a su puerto, uno de los más destacados de la Europa Occidental medieval, ayudaron en a la situación.

Hablar de dados implica tratar el juego de las tabas, un juego tradicional al que muchos hemos jugado, especialmente los más mayores. Tocaremos ese tema próximamente.

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